José Luis Gómez y Emilio Romero. En Villarrasa nos basamos en las referencias de Madoz y Francisco García del Castillo (Ruiz González, 1999).
“El río Tinto. Pasa en seguida al término de Villarrasa
como a ½ legua de la población, fertilizando por ambas márgenes una
porción de fanega de tierra de labor y dando impulso a varios molinos
harineros”. Madoz.
“Confina por el N. con el de Valverde; E. Bollullos y Palma; S.
Rociana, y O. Niebla; hay en él 3 ermitas y le atraviesa el río Tinto
con cuyas aguas muelen algunos artefactos”. Madoz.
“Dista de Villarrasa un cuarto de legua el río que llaman Tinto,
al norte, habiendo en él y en término de esta dicha población, seis
molinos con distintas piedras cada uno, correspondiendo sus propiedades a
diferentes vecinos y hacendados de este pueblo, y sus aguas que corren
al sudoeste, nacen de las minas de su propio nombre y dista de la ya
citada población seis leguas, juntándose dichas aguas con diversos
arroyos, sepultándose unas y otras en el mar, que dista de este pueblo
cuatro leguas. Juan Antonio Mora”. Francisco García del Castillo (1786)
Molino de Gadea (Figura 15, X: 711518.498 / Y: 4144615.858).
En el Registro de la Propiedad de La Palma del Condado aparece la siguiente descripción con fecha 10 de noviembre de 1867; Rústica: suerte de tierra al sitio conocido por GADEA, término municipal de Villarrasa, de unos 700 m2. Dentro de su perímetro existen un molino harinero en ruinas de unos 20 m2, que tiene tres piedras y la presa correspondiente, que atraviesa todo el río. Comprende además un horno de aproximadamente 12 m, y la casa contigua del molinero de unos 36 m2. Según inscripción de 9 de agosto de 1869, los dueños eran D.ª Isabel Domínguez Larios casada con D. José Díaz Flores, D.ª Dolores y D.ª Isabel Pérez Domínguez y D.ª Juana Soldán Rañón, vendiéndola y adjudicando en herencia la propiedad de todo el conjunto molinero a D. Federico Pérez del Pino. Según inscripción de fecha 11 de diciembre de 1922 éste la vendió a D.ª Isabel Díaz Rojas. El 17 de noviembre de 1942 Jesús Rivera Jiménez se hace con el dominio de la finca. Al morir el 20 de enero de 1964, la propiedad pasa a su hija Dª. Josefa Rivera Calero por herencia.
En el Registro de la Propiedad de La Palma del Condado aparece la siguiente descripción con fecha 10 de noviembre de 1867; Rústica: suerte de tierra al sitio conocido por GADEA, término municipal de Villarrasa, de unos 700 m2. Dentro de su perímetro existen un molino harinero en ruinas de unos 20 m2, que tiene tres piedras y la presa correspondiente, que atraviesa todo el río. Comprende además un horno de aproximadamente 12 m, y la casa contigua del molinero de unos 36 m2. Según inscripción de 9 de agosto de 1869, los dueños eran D.ª Isabel Domínguez Larios casada con D. José Díaz Flores, D.ª Dolores y D.ª Isabel Pérez Domínguez y D.ª Juana Soldán Rañón, vendiéndola y adjudicando en herencia la propiedad de todo el conjunto molinero a D. Federico Pérez del Pino. Según inscripción de fecha 11 de diciembre de 1922 éste la vendió a D.ª Isabel Díaz Rojas. El 17 de noviembre de 1942 Jesús Rivera Jiménez se hace con el dominio de la finca. Al morir el 20 de enero de 1964, la propiedad pasa a su hija Dª. Josefa Rivera Calero por herencia.
El 14 de febrero de 1980, Francisco Javier Díaz Romero,
casado con Concepción Pérez Moreno, compra el molino a D.ª Josefa Rivera
Calero, inscribiéndola el 5 de septiembre de 1996. Tras
fallecer sus esposa y pasar la propiedad a él y a sus hijos Cristóbal,
Concepción y Francisco Javier, deciden, por inscripción de fecha 17 de
noviembre de 1998 venderla a un vecino de Villarrasa. (RPLPC, T. 272, L. 5, F. 50, F. 558)
Molino de Juan Muñoz. (Figura 16, X: 709223.266 / Y: 4142567.889)
Con fecha 16 de junio de 1896 el molino aparece descrito en los siguientes términos registrales. Urbana: molino de Juan Muñoz que se compone de cuatro piedras de molienda, se encuentra enclavado dentro del lecho o caudal del río Tinto y rodeado por sus aguas en término de Villarrasa y se comunica a él por un camino sobre el lecho del río; tiene el molino 5 metros y 75 centímetros de fachada y de fondo 13 metros, 70 centímetros, con cuatro piedras o pares de ellas para la molienda y su presa para recoger las aguas y además, fuera del molino una casa de un solo piso destinado a granero y habitación del molinero, con 9 metros y 50 centímetros de fachada y 6 metros y 30 centímetros de fondo. Aparecía dueña de una cuarta parte D.ª Luna Muñiz Toro por herencia de su padre y de sus tíos D. Juan y D.ª Bárbara Muñiz. Mediante escritura otorgada el 21 de abril de 1896 ante el Notario D. Francisco Guzmán y Pichardo, D.ª Luna vendió su parte a D. Martín Aparicio Ortega (fallecido el 20 de octubre de 1919). Tras algunas correcciones en el Registro de la Propiedad por duplicidad en el número de la finca, ésta pasa por herencia a favor de D.ª Manuela Boza Domínguez según inscripción de fecha 26 de abril de 1946. El 11 de noviembre de 1950 hereda la propiedad del molino un vecino de Villarrasa a cuyo nombre aparece la última inscripción consultada. (RPLPC, T. 492, L. 45, F. 37, F. 2744).
Con fecha 16 de junio de 1896 el molino aparece descrito en los siguientes términos registrales. Urbana: molino de Juan Muñoz que se compone de cuatro piedras de molienda, se encuentra enclavado dentro del lecho o caudal del río Tinto y rodeado por sus aguas en término de Villarrasa y se comunica a él por un camino sobre el lecho del río; tiene el molino 5 metros y 75 centímetros de fachada y de fondo 13 metros, 70 centímetros, con cuatro piedras o pares de ellas para la molienda y su presa para recoger las aguas y además, fuera del molino una casa de un solo piso destinado a granero y habitación del molinero, con 9 metros y 50 centímetros de fachada y 6 metros y 30 centímetros de fondo. Aparecía dueña de una cuarta parte D.ª Luna Muñiz Toro por herencia de su padre y de sus tíos D. Juan y D.ª Bárbara Muñiz. Mediante escritura otorgada el 21 de abril de 1896 ante el Notario D. Francisco Guzmán y Pichardo, D.ª Luna vendió su parte a D. Martín Aparicio Ortega (fallecido el 20 de octubre de 1919). Tras algunas correcciones en el Registro de la Propiedad por duplicidad en el número de la finca, ésta pasa por herencia a favor de D.ª Manuela Boza Domínguez según inscripción de fecha 26 de abril de 1946. El 11 de noviembre de 1950 hereda la propiedad del molino un vecino de Villarrasa a cuyo nombre aparece la última inscripción consultada. (RPLPC, T. 492, L. 45, F. 37, F. 2744).
Molino de la Vadera. (Figura 17, X: 708692.936 / Y: 4141370.511)
Junto a este molino aparece un cartel informativo con los siguientes datos:
Junto a este molino aparece un cartel informativo con los siguientes datos:
“La existencia de molinos constituyó una gran revolución
tecnológica en la historia. Los molinos hidráulicos, instalados sobre
todo en ríos y acequias, aprovechaban el flujo de la corriente del agua
para hacer rotar las piedras molineras. Es a lo largo de la Edad Media
cuando se desarrolla la evolución tecnológica de los mismos, llegando su
utilización incluso hasta bien entrado el siglo XX.
Se localizaban junto a una de las orillas del río, en
este caso, el río Tinto, tan emblemático y peculiar por el color de sus
aguas. El agua era canalizada a través del azud (presa oblicua
transversal), que dirigía al agua hacia la parte posterior del edificio
del molino. En ella aparecían las compuertas de entrada del agua al
interior del molino. A través de un canal ésta era conducida hacia los
rodetes o rodeznos, turbinas circulares que giraban debido a que el
chorro de agua se dirigía hacia uno de sus bordes. La turbina hacía
girar, a su vez, la rueda volandera del molino a través del eje
vertical, localizada en la sala de la molienda. En dicho giro sobre la
rueda solera molía el grano de cereal, que era introducido entre las dos
piedras a través de una tolva y por el orificio central de la rueda
volandera.
Dependiendo de la importancia del molino el número de las ruedas molineras era variable.
Los molinos de nuestra zona se denominaban molinos del mal tiempo, ya
que los ríos tienen una caudal mayor durante la época de lluvias, cuando
hace mal tiempo”.
Se observa que por un lado hablan de molinos de mal tiempo (los que funcionaban en época de lluvias) y por otro lado de molinos que trabajaban en “buen tiempo”, es decir, en verano.
D) TÉRMINO DE LA PALMA DEL CONDADO.
En La Palma del Condado existen las referencias de Madoz (1845-1850).
“Confina el término por el N. con el río Tinto, Campos y sierra
de Tejadas y jurisdicción de Villalba; por el E. con el anterior; S.
Bollullos, y O. Villarrasa: hay en él varias casas de campo y 4 molinos
harineros”. Madoz.
“El río Tinto… desde aquí se inclina el río al N. NO., y en un continuo serpenteo se introduce por los sitios del Rincón, el Nuevo y el Sastre, llamados así de otros tantos molinos harineros que en sus márgenes se encuentran”. Madoz.
Francisco de Asís Molina Díaz, en sus consultas al Archivo Histórico de La Palma del Condado aporta los siguientes datos:
Año 1599 “la mitad de molino que dicen de San Juan que es en río Tinto en término de esta villa”.
Año 1600 “[…] los molinos del sastre E del alguaçil término de esta villa […]”.
Año 1600 “[…] del molino que llaman del sastre […]”
Año 1636 “[…] ael molino del ssastre […]”
Año 1760 “[…] al sitio del camino del molino nuevo […]”
Año 1872 “y se encaminaron al molino de pan que llaman de San
Juan, que está en río Tinto, donde está el primer mojón que divide el
término de esta villa con la de Villarrasa”.
Año 1889 “[…] y el molino del Rincón por término de La Palma”
Además de estas referencias, también recoge en su obra datos del A.H.L.P.C. pertenecientes al Catastro del Marqués de la Ensenada, año 1760:
1.- “de San Juan al sitio de rio Tinto a una legua de la población”.
2.- “pagan a esta fábrica un tributo por perpetuo de
cuatrocientos reales de Vellón al año sobre un molino que llaman de San
Juan a el sitio de río Tinto”.
3.- “una cuarta parte de molino harinero que llaman del Alguacil en la rivera del río Tinto”.
El Molino Nuevo o de San Rafael de los Santos,
documentado por Francisco de Asís Molina Díaz en 1743, tenía sobre la
puerta de entrada un azulejo en el que constaba el año 1813, por lo que
se puede suponer que posterior a su construcción fue reformado o
reconstruido. El adjetivo Nuevo “hace suponer la existencia de otros molinos de fecha más antigua” como así demuestran datos aportados sobre los Molinos de Gadea (1551), de San Juan (1599), del Sastre y del Alguacil (1600).
Sobre el topónimo Molino del Sastre, Francisco de Asís nos dice que tiene como motivación la posesión del mismo por parte de un hombre cuyo oficio sería el de sastre. En los mapas consultados, el Molino del Sastre está situado a las faldas del “Barranquillo del Sastre”.
En el caso del Molino del Rincón,
Francisco de Asís le da un sentido orográfico y no de posesión,
argumentando con acierto, el lugar en el que se encuentra localizado; la
Vega del Rincón:
“A la orilla del Río Tinto, en el límite más septentrional del término de La Palma, que linda en esta zona con el de Niebla, (y con el de Paterna del Campo a escasos 500 metros) en uno de los meandros más agudos del río y rodeado de destacadas elevaciones”
El caso de La Palma del Condado en cuanto a la localización
de los molinos es muy peculiar, puesto que todos ellos se encuentran
literalmente “atravesados” por la línea del ferrocarril de la compañía
de Rio Tinto. En 1873, una vez que la compañía inglesa se
hiciera con la propiedad de las minas de Riotinto, se plantearon la
construcción de un ferrocarril que uniera éstas con la capital onubense,
puerto de salida del mineral hacia el Reino Unido. Ante esa tesitura,
se deciden por la compra de toda la franja de tierra necesaria para
tender la línea férrea, lo que ocasiona bastantes problemas con los
propietarios de las referidas fincas, algunos de los cuales son
expropiados. Es curioso observar como en el caso de La Palma, la vía del
tren minero separa materialmente algunos molinos de la casa-almacén del
molinero, lo que no impidió que la Río Tinto Company Limited
construyese pasos subterráneos para solventar el problema.
En 1954 la Río Tinto Company Limited pasa a manos españolas (Avery, 2010).
En 1971, los terrenos de la vía férrea se registran a nombre de la
Compañía Española de Minas de Riotinto por aportación social. Ésta hace a
su vez una agrupación y aportación social de todas las fincas que en su
día se necesitaron para tender la vía férrea y las traspasa a la Unión
de Explosivos Riotinto, S.A. En el año 2010, tras un cambio de
denominación, toda la franja de tierra que ocupa la antigua vía del
ferrocarril minero pasa a ser propiedad de Atlantic Copper, S.A. (RPLPC, T. 1981, L. 275, F. 223, F. 8945)
Molino de San Juan o de Fulgencio. (Figura 20, X: 711978.161 / Y: 4145268.795)
En cuanto al Molino de San Juan o de Fulgencio se han obtenidos los siguientes datos registrales:
En cuanto al Molino de San Juan o de Fulgencio se han obtenidos los siguientes datos registrales:
El 17 de octubre de 1867 se inscribe como molino harinero de 91
m² de superficie, denominado de San Juan y situado en la rivera del río
Tinto y como a una legua de La Palma del Condado, con una casa de 98 m²,
que linda por el norte con las aguas del río Tinto y por el sur con las
cumbres de los cabezos denominados de San Juan. Aparecían como dueños
D. Juan Díaz y Mesa, casado con D.ª Mª de los Dolores Castañeda y Rañón y
D.ª Mª del Amparo Díaz y Mesa, casada con D. Manuel del Alcázar y
Pérez. El 28 de abril de 1893, D.ª Agustina Díaz Castañeda inscribió el
molino por herencia de sus padres y tíos. D.ª Agustina, casada con D.
Francisco Delgado de la Mora, muere en la localidad sevillana de Pilas
el 1 de octubre de 1915, dejando el usufructo vitalicio a favor de su
marido y la nuda propiedad a favor de su hermana.
Dª. Manuela Díaz Castañeda, según inscripción de
fecha 16 de octubre de 1917. Tras la muerte de D. Francisco, ocurrida
el 8 de mayo de 1924, se realizó una anotación al margen con fecha 3 de
julio de 1924 en la que la propiedad del molino pasaba a ser de D.ª
Manuela. (RPLPC, T. 169, L. 34, F. 69, F. 693).
- Agustín Díaz Camacho y D. Manuel Castañeda y Montoro (consuegros) eran dueños de las tierras en las que se situaba el molino. El primero de ellos, D. Agustín, casado don D.ª Mª del Rosario de la Mora y Mesa, dejó su parte a sus hijos D. Juan Díaz y Mesa, casado con D.ª Mª de los Dolores Castañeda y Rañón y a D.ª Mª del Amparo Díaz y Mesa, casada con D. Manuel del Alcázar y Pérez. El segundo de ellos, D. Manuel Castañeda, dio su parte en herencia a su hija D.ª Mª de los Dolores. Según inscripción del 16 de marzo de 1878, todos ellos vendieron una franja de la propiedad, a D. Emilio Gómez de la Lastra, apoderado de D. Guillermo Sundheim, que actuaba como representante de la Río Tinto Company Limited. (RPLPC, T. 173, L. 35, F. 147, F. 770).
Molino del Sastre. (Figura 21, X: 712513.098 / Y: 4145879.883)
Las tierras dónde se ubica el Molino del Sastre pertenecían desde tiempo inmemorial al Ayuntamiento de La Palma del Condado. Para la construcción del ferrocarril minero, fueron vendidas a la R.T.C.L. en 1877. Sobre el Molino del Sastre hemos localizado anotación, con fecha 29 de septiembre de 1879, en la que D. Manuel del Alcázar y Pérez aparecía dueño de 4/10 partes de las tierras dónde se ubica. (RPLPC, T. 194, L. 41, F.158, F. 1280)
Las tierras dónde se ubica el Molino del Sastre pertenecían desde tiempo inmemorial al Ayuntamiento de La Palma del Condado. Para la construcción del ferrocarril minero, fueron vendidas a la R.T.C.L. en 1877. Sobre el Molino del Sastre hemos localizado anotación, con fecha 29 de septiembre de 1879, en la que D. Manuel del Alcázar y Pérez aparecía dueño de 4/10 partes de las tierras dónde se ubica. (RPLPC, T. 194, L. 41, F.158, F. 1280)
Molino Nuevo o de San Rafael de los Santos. (Figura 22, X: 712514.184 / Y: 4145875.901)
Descrito como Molino harinero denominado de San Rafael de los Santos o Nuevo, situado en los márgenes del río tinto, término de La Palma del Condado, de construcción moderna, ocupando una superficie de 119 m² y en él cuatro asientos y con todos los útiles y maquinarias necesarias a la molienda, ocupando la casa una superficie de 96 m². (RPLPC, T. 169, L. 34, F. 51, F. 689).
Descrito como Molino harinero denominado de San Rafael de los Santos o Nuevo, situado en los márgenes del río tinto, término de La Palma del Condado, de construcción moderna, ocupando una superficie de 119 m² y en él cuatro asientos y con todos los útiles y maquinarias necesarias a la molienda, ocupando la casa una superficie de 96 m². (RPLPC, T. 169, L. 34, F. 51, F. 689).
Sobre las tierras donde se ubica el Molino Nuevo o de San Rafael de
los Santos, hemos localizado también una inscripción de propiedad con
fecha 25 de febrero de 1877, en la que D. Manuel Tirado Rañón vendía un
trozo de dicha finca a la Río Tinto Company Limited. (RPLPC, T. 942, L. 147, F. 11, F. 8945).
El Molino Nuevo aparece inscrito el 29 de marzo de 1884 a favor de D.
Agustín Díaz Camacho, casado con D.ª Mª del Rosario de la Mora y Mesa y
de D. José Díaz de la Mora, por mitades indivisas. D.ª Catalina Josefa y
D.ª Mª Dolores Díaz y Mesa heredan de sus padres la mitad indivisa que
posteriormente, y con inscripción de fecha 28 de abril de 1884, venden a
D. José Díaz de la Mora. El 31 de diciembre de 1891 muere D. José Díaz,
inscribiendo la totalidad del molino, por herencia, D. Trinidad Díaz
Rañón el 14 de junio de 1907.
Juan Lepe Moreno trabajó en este molino entre 1885 y 1936 para el que entonces era “dueño del molino”, D. Trinidad Díaz Rañón.
Molino del Rincón. (Figura 23, X: 714791.163 / Y: 4147716.841)
El Molino del Rincón lo encontramos en una inscripción de 3 de julio de 1876, donde Dª Francisca Zambrano y Ponce de León, aparecía dueña de un finca en la zona del “Arroyo Pipero” en la que se encuentra el molino, casa y cuadra. En esa misma inscripción vendió la propiedad a la Río Tinto Company Limited. (RPLPC, T. 150, L. 29, F.68, F. 822)
El Molino del Rincón lo encontramos en una inscripción de 3 de julio de 1876, donde Dª Francisca Zambrano y Ponce de León, aparecía dueña de un finca en la zona del “Arroyo Pipero” en la que se encuentra el molino, casa y cuadra. En esa misma inscripción vendió la propiedad a la Río Tinto Company Limited. (RPLPC, T. 150, L. 29, F.68, F. 822)
E) TÉRMINO DE PATERNA DEL CAMPO.
Francisco de Asís Molina Díaz, en sus consultas al Archivo Histórico de La Palma del Condado aporta estos datos:
Año 1889 “[…] queda en término de Paterna el molino del Cascajal […]”
En cuanto a nombre de este molino, Francisco de Asís dice lo siguiente:
“La motivación del topónimo Cascajal es evidente si atendemos al
contexto en que aparece en la documentación antigua – “Vega del
Cascajal” (1743), “Vega del Cascajar” (1834), “mesilla del Cascajal”
(1872) y “Vega del Cascajal” y “molino del Cascajal” (1889)- y a la
localización del lugar: El Cascajal designa a una zona de formación
sedimentaria en un meandro del río Tinto en el límite de los términos
municipales de Niebla, Paterna del Campo y La Palma y a la pequeña
altiplanicie colindante, compuesta principalmente de pizarra y cantos
rodados”
Molino del Cascajal. (Figura 25, X: 714436.236 / Y: 4148426.092)
En el Registro de la Propiedad es descrito como Molino harinero llamado Cascajal, construido sobre el río Tinto, en el término municipal de Paterna de Campo, con 4 asientos para moler trigo, una pequeña casa y un trozo de tierra, que por efecto de una segregación que le fue hecha para la Compañía Minera de Riotinto, ha quedado reducida su cabida a 1 hectárea, 26 áreas y 99 centiáreas. D. Francisco Pinto Cepeda inscribe el título de esta finca el 3 de diciembre de 1874. Unos días después, el 10 de diciembre, vende la propiedad a D. José Mª Espina y Ortiz de Aviñes.
En el Registro de la Propiedad es descrito como Molino harinero llamado Cascajal, construido sobre el río Tinto, en el término municipal de Paterna de Campo, con 4 asientos para moler trigo, una pequeña casa y un trozo de tierra, que por efecto de una segregación que le fue hecha para la Compañía Minera de Riotinto, ha quedado reducida su cabida a 1 hectárea, 26 áreas y 99 centiáreas. D. Francisco Pinto Cepeda inscribe el título de esta finca el 3 de diciembre de 1874. Unos días después, el 10 de diciembre, vende la propiedad a D. José Mª Espina y Ortiz de Aviñes.
El 7 de diciembre de 1900, D. Juan Espina Soldán escribe a su
nombre toda la finca por herencia que le hace su padre, D. José Mª
Espina. D. Juan Espina Soldán muere en Sevilla el 2 de julio de
1914, dejando en herencia el usufructo vitalicio del molino a favor de
su viuda Dª. Manuela Díaz Castañeda, y la nuda propiedad a su sobrino
D. Felipe Espina y de Cepeda, según inscripción de fecha 30 de agosto de
1915. El 17 de enero de 1929 D. Felipe Espina y de Cepeda, casado con
Dª. Concepción de Cepeda y Díaz, vecinos de Villalba del Alcor, compran a
Dª. Manuela Díaz Castañuela, viuda de D. Juan Espina Soldán, el
usufructo vitalicio de esta finca. (RPLPC, T. 558, L. 51, F.35, F. 304)
Actualmente, unos vecinos de La Palma del Condado disfrutan la propiedad del molino y de todo lo que le rodea.
Molino de la Molineta o Cabezuelas. (Figura 26, X: 714797.837 / Y: 4149545.859)
En cuanto al Molino de la Molineta o Cabezuelas, podemos deducir su nombre por sus proporciones y por su situación. Suelen llamarse así los molinos pequeños de una sola piedra y además se encuentra en la zona denominada “Majadal de las Cabezuelas”.
En cuanto al Molino de la Molineta o Cabezuelas, podemos deducir su nombre por sus proporciones y por su situación. Suelen llamarse así los molinos pequeños de una sola piedra y además se encuentra en la zona denominada “Majadal de las Cabezuelas”.
F) MOLINOS DEL CURSO ALTO
Este epígrafe reseñamos los cuatro últimos molinos que estuvieron en
funcionamiento, que se corresponderían con los cuatro descritos por
Madoz a mediados del XIX y que serían los supervivientes de los 19 que
había a fines del s. XVIII. Su actividad continuó hasta los años 60
cuando la pérdida de funcionalidad del Ferrocarril Minero de Riotinto
(Delgado Domínguez, 2009) determinó su cierre definitivo. Estos molinos
al estar a menos de 500 metros del río están dentro de Paraje Natural Protegido
(Decreto de 14 de Diciembre de 2004, B.O.J.A. nº 10 de 11 de enero de
2005); de la zona incoada Bien de Interés Cultural (BIC) con la
categoría de Zona Patrimonial (Resolución de 24 de octubre de 201, BOJA
222 de 11 de noviembre de 2011) y por último está dentro de la zona a
declarar Geoparque Europeo, esta última si engloba todos los molinos
referidos en este trabajo. Desde el curso alto del río al Sur los
molinos son los siguientes:
Molino de Tamujoso (término municipal de Minas de Riotinto) X: 716927.60. Y: 4170547.64.
Molino doble ubicado en la desembocadura del barranco Tamujoso (Figura 27), de ahí su nombre, con el río Tinto y en la margen derecha del mismo. Está construido en mampuestos de pizarra y ladrillo imbricados con mortero de cal. Es del tipo doble, ambas salas de molienda poseen una pequeña bóveda de cañón y se conservan las dos piedras del molino. El edificio ostenta un estado de conservación medio, anexo conserva parte del azud que dirigía parte del agua hacia el molino. Desde la entrada en funcionamiento del Fc. Minero de Río Tinto, gran parte de la harina se comercializaba mediante este medio desde la cercana estación-apeadero de Jaramar.
Molino doble ubicado en la desembocadura del barranco Tamujoso (Figura 27), de ahí su nombre, con el río Tinto y en la margen derecha del mismo. Está construido en mampuestos de pizarra y ladrillo imbricados con mortero de cal. Es del tipo doble, ambas salas de molienda poseen una pequeña bóveda de cañón y se conservan las dos piedras del molino. El edificio ostenta un estado de conservación medio, anexo conserva parte del azud que dirigía parte del agua hacia el molino. Desde la entrada en funcionamiento del Fc. Minero de Río Tinto, gran parte de la harina se comercializaba mediante este medio desde la cercana estación-apeadero de Jaramar.
Molino del Infierno (El Madroño, Sevilla) X: 717 265,10 Y: 4166285.14
Molino, con un topónimo similar al situado en el Odiel. Está ubicado en la margen izquierda del río en la provincia de Sevilla (Figura 28). Construido en pizarra y la zona abovedada en ladrillo. Presenta un estado de conservación deficiente en la planta de arriba, mientras la de abajo no presenta daños estructurales, sólo tiene una piedra de moler. Conserva parte de la presa. Este molino pasaba la harina hacia la margen derecha donde se encontraba la Estación de Jaramar, desde donde se comercializaba, mediante una pedaleta o tirolina a pedales que todavía se conserva.
Molino, con un topónimo similar al situado en el Odiel. Está ubicado en la margen izquierda del río en la provincia de Sevilla (Figura 28). Construido en pizarra y la zona abovedada en ladrillo. Presenta un estado de conservación deficiente en la planta de arriba, mientras la de abajo no presenta daños estructurales, sólo tiene una piedra de moler. Conserva parte de la presa. Este molino pasaba la harina hacia la margen derecha donde se encontraba la Estación de Jaramar, desde donde se comercializaba, mediante una pedaleta o tirolina a pedales que todavía se conserva.
Molino Viejo, de Emilio o Perdido. (Término Municipal de Berrocal) X: 716402,39 Y: 4162760,74
Molino situado en la orilla izquierda del río (Figura 29). La estructura del edificio es un paralelepípedo de 7,18 m x 6,98 x 7,67 x 5,80 m. Construido en el siglo XVIII con mampuestos de pizarra unidos con argamasa y las bóvedas en ladrillos. Está ubicado en el sentido de la corriente el molino hace de tajamar para favorecer la entrada del agua con fuerza para mover los álabes. La cubierta plana ligeramente inclinada hacía el río solventada con los materiales ya descritos. Presenta ventanales muy estrechos y alargados, un solo acceso y cuatro contrafuertes en el sentido de la corriente. Conserva parte de la azud y el canal que conducía el agua al molino.
Molino situado en la orilla izquierda del río (Figura 29). La estructura del edificio es un paralelepípedo de 7,18 m x 6,98 x 7,67 x 5,80 m. Construido en el siglo XVIII con mampuestos de pizarra unidos con argamasa y las bóvedas en ladrillos. Está ubicado en el sentido de la corriente el molino hace de tajamar para favorecer la entrada del agua con fuerza para mover los álabes. La cubierta plana ligeramente inclinada hacía el río solventada con los materiales ya descritos. Presenta ventanales muy estrechos y alargados, un solo acceso y cuatro contrafuertes en el sentido de la corriente. Conserva parte de la azud y el canal que conducía el agua al molino.
Molino de Tomás o del Salto. (Término Municipal de Berrocal). X: 716553,85 Y: 4166285,14
Molino ubicado en la orilla izquierda del río. Está construido en el siglo XVIII, en mampuestos de pizarra y ladrillo. Ostenta unas malas condiciones de conservación, así se conserva sólo parte de la bóveda de la cubierta, presenta un solo vano de entrada, también posee parte de la azuda y el canal.
Molino ubicado en la orilla izquierda del río. Está construido en el siglo XVIII, en mampuestos de pizarra y ladrillo. Ostenta unas malas condiciones de conservación, así se conserva sólo parte de la bóveda de la cubierta, presenta un solo vano de entrada, también posee parte de la azuda y el canal.
- Término Minas de Riotinto, hasta 1841 Zalamea la Real.
En Zalamea tenemos las referencias de Madoz y Antonio Domínguez Cavallero (Ruiz González, 1999).
“El río Tinto. A la distancia de ¼ de legua y sitio de
los Cuatro Molinos se juntan ambas aguas, llegando a la ribera del
Jarrama, que las separa una legua”. Madoz.
“El terreno es casi todo de sierra y de secano, poblado de
encinas y con varias cañadas de regular calidad, buenas para la siembre
de cereales. Encuéntrense diferentes canteras para piedras de molino”. Madoz.
“En el expresado río Tinto que está a orillas de Minas de
Riotinto en distancia de media legua poco más o menos, hay 17 molinos de
pan, que muelen todo el año con el agua del río. Los molineros que
están ocupados en ellos son de varios pueblos, pero la mayor parte son
vecinos de esta aldea. Las piedras que usan para la construcción de las
casas son de laja…” Antonio Domínguez Cavallero (1786)
Adriano Gómez Ruiz, en un anexo del libro “Molinos en el Río Odiel”
(Gomez Ruiz, 2003), hace una relación de 23 Molinos Harineros sitos en
Zalamea la Real y que funcionaban en 1760. De los 23 molinos descritos,
19 estaban situados en el río Tinto, muy cerca de la unión de éste con
la desembocadura del río Jaramar. Hemos fotografiado cuatro de ellos en
esa zona que supuestamente se corresponde con la que Madoz denomina
“sitio de los Cuatro Molinos” y en la que el plano de Juan Antonio
Delgado y Domínguez sitúa 8 ingenios en el año 1795 (Mapa 3).
Respecto a los nombres de estos molinos, Adriano Gómez aporta lo siguiente: Molino de María, Molino
del Carpintero, La Molinilla, Molino del Acebuche, Molino del Peral,
Molino de Los Nogales, Molino de los Chaparrales, Molino de la Naya y un grupo de ellos llamados Molinos de Arriba.
La explotación de las minas de Riotinto por la RTCL, así como la
electricidad, acabó con la actividad molinera tan identificada con la
población de Zalamea la Real.
CONCLUSIONES
El río Tinto con más de 100 km de longitud, discurre de norte a sur
por 17 municipios de la provincia de Huelva. La historia de este río
siempre ha estado ligada a la minería desde los Tartessos y, actualmente
a la declaración como Paraje Natural Protegido y candidato a la
declaración como integrante del Geoparque de la Cuenca Minera de
Riotinto, pero poco es conocida desde el punto de vista de la actividad
molinera. La actividad cerealista en la provincia de Huelva
propició durante siglos la construcción de molinos en los cauces de sus
ríos principales (Odiel y Tinto), aprovechando los grandes caudales en
épocas invernales para poder realizar la molienda en los meses de estío,
siendo el mes más productivo junio y el menos agosto. La actividad
llevada a cabo en los molinos era ardua, por el mantenimiento y limpieza
continua que deberían realizar durante todo el año por el acumulo
progresivo de material acumulado a lo largo del cauce que a veces
deterioraban las piezas integrantes de los mismos.
Hoy día apenas se mantienen en pie en cierto estado de conservación
cinco de esos molinos, que con el tiempo podrían desaparecer si no se
lleva a cabo las actuaciones pertinentes de conservación mediante la
posibilidad de declaración bajo la figura de Bien de Interés Cultural de estos elementos que también se consideran integrantes del patrimonio industrial tristemente desaparecidas.
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